El tribunal de la Unión Europea confirmó la nulidad de la marca comunitaria de Adidas consistente en tres bandas paralelas aplicadas en cualquier dirección, al no haber demostrado que tuviera un carácter distintivo. El Tribunal General de la Unión Europea confirmó este miércoles la nulidad de la marca comunitaria de Adidas consistente en tres bandas paralelas aplicadas en cualquier dirección, al no haber demostrado que tuviera un carácter distintivo en todo el territorio de la UE. La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) registró en 2014 el mencionado signo para prendas de vestir, calzado y sombrerería como marca de la Unión en favor del productor alemán de artículos deportivos. Adidas había descrito la marca en su solicitud de registro y había expuesto que consistía en tres bandas equidistantes paralelas de igual anchura aplicadas al producto en cualquier dirección. Pero en 2016, a raíz de una solicitud de nulidad presentada por la empresa be...
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